jueves, 12 de enero de 2017

Agricultores preocupados por el deslinde de la vía pecuaria que lleva al Puente Romano.

Las vías pecuarias son las rutas o itinerarios por donde discurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el tránsito ganadero, son de propiedad pública y patrimonial; y no necesariamente deben aparecer reflejadas en escrituras de tierras; son vias HISTORICAMENTE DE PROPIEDAD Y USO PUBLICO, para ganado o lo que sea.



A pesar de conocerse ello, agricultores afectados por el próximo deslinde de esta via local que lleva a los vecinos al Puente Romano, se han dirigido a través del partido CIUDADANOS al Ayuntamiento para expresar su disconformidad, como dice asi el escrito remitido al Ayuntamiento:

Ante las numerosas quejas de los vecinos afectados, y tras reunirnos con algunos de ellos, querernos sumarnos a las reclamaciones de los mismos suscitadas a raíz del Expediente VP/00909/2016 de la delegación provincial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, en el que se acuerda el inicio de deslinde de una vía pecuaria desde el paso a nivel de la carretera de Cañete hasta el Puente Romano, solicitada por el Ayuntamiento de Villa del Río, sin que dichos vecinos tuvieran conocimiento previo alguno.

La inquietud de los vecinos, que son propietarios de las tierras por las que pretende discurrir la citada vía pecuaria, denominada "Cordel de la Trocha de Córdoba" en el expediente, se refiere a que en sus escrituras de compraventa no aparece dicha vía, que el Ayuntamiento de su localidad no les ha comunicado la existencia de la misma ni la petición de deslinde, y que sus explotaciones agrícolas (muchas de ellas modestas), van a sufrir expropiaciones destacables (en algún caso hasta media hectárea de tierra) sin compensaciones y, según ellos, "sin ningún sentido", ya que resulta anacrónico y muy alejado de la realidad abrir una vía pecuaria en una zona donde no hay ganado hace años y, por lo tanto, es imposible darle la utilidad para la que se crea. Algunas de estas explotaciones están calificadas como "prioritarias" y conllevan unos derechos que, de hacerse efectivas las expropiaciones, podrían desaparecer y perjudicar gravemente a los agricultores.

Por tal motivo, y atendiendo a la petición expresa de los vecinos y agricultores del municipio afectados por este expediente, desde Ciudadanos Alto Guadalquivir queremos trasladarles su disconformidad y sus quejas, expresando ellos mismos que desde el Ayuntamiento se han vulnerado "sus derechos", comenzando por el derecho a la información, y solicitamos asimismo se responda a todos los residentes del municipio el por qué de una vía pecuaria en esa zona y en este momento, siendo conscientes de que no beneficiará a ningún ganadero y sí perjudicará a varios agricultores. ¿Con qué fin se ha solicitado la apertura de este expediente? ¿Cómo pueden confiar los vecinos del municipio en una Administración que no confía en ellos sus políticas o sus actuaciones?


Esperando que contemplen este requerimiento vecinal y a la espera de una pronta respuesta, reciba un cordial saludo.

En Villa del Río a 30 de diciembre de  2016


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Según información de muchos colectivos y asociaciones defensoras de estos caminos, las vías pecuarias que discurren por el territorio nacional, son bienes de dominio y, en consecuencia, inalienables, imprescriptibles e inembargables.

Estas se clasifican en:

Cañadas, cuando su anchura no exceda de 75 metros.
Cordeles, cuando su anchura no exceda de 37,50 metros.
Veredas, cuando su anchura no exceda de 20 metros.
Coladas, de anchura variable.
Descansaderos, definidos por su situación, superficie y límites. Abrevaderos, majadas y
cualquier otro tipo de territorio o instalación anexos a ellas, para uso del ganado trashumante y de los pastores que los conducen.


(Foto: Vías pecuarias de Villa del Río)


Las modificaciones del trazado de las vías pecuarias.

Las vías pecuarias son bienes de dominio público que la ley destina al uso público. Su vinculación con el pasado pecuario y esa naturaleza demanial hace que la noción de patrimonio se ajuste perfectamente. Etimológicamente patrimonio [del latín patri y onium], significa "lo recibido del padre" o "lo recibido por línea paterna" que, según el Derecho Romano, debía conservarse y administrarse para poder transmitirlo a los sucesores en la medida de lo posible incluso aumentándolo. El patrimonio pecuario es un legado que hemos recibido del pasado y que debemos conservar, gestionar y transmitir a las generaciones futuras.

Las vías pecuarias, a pesar de su carácter de dominio público y de su carácter histórico, no son intangibles o inmodificables. Ahora bien, la legislación limita los supuestos en los que puede justificarse la modificación y, sobre todo, establece una serie de requisitos para que pueda aprobarse la modificación.

Existe un tipo de modificación de trazado por causas genéricas («por razones de interés público y, excepcionalmente y de forma motivada, por interés particular»); y dos supuestos específicos de alteración de vías pecuarias: las debidas a una nueva ordenación territorial, y las motivadas por la realización de obras públicas (arts. 11 a 13 LVP).

En la legislación sectorial existe un supuesto: el cambio de trazado debido a operaciones de concentración parcelaria. En todos estos supuestos la modificación del trazado de las vías pecuarias deberá –además de seguir los procedimientos establecidos al efecto garantizar las siguientes condiciones:

Mantenimiento de la integridad superficial. La superficie desafectada tiene que tener la misma extensión que los terrenos del nuevo trazado.
Idoneidad de los itinerarios y de los trazados, para el cumplimiento de las funciones que venía desempeñando el trazado original de la vía pecuaria. Y esto quiere decir: las autonomías pueden modificar el trazado por causas de interés público, pero dando una alternativa que conserve las medidas originales de la vía. Si usted considera que no se está cumpliendo con la ley, acuda inmediatamente a la fiscalía, pues con la ley en la mano, usted tiene todas las de ganar. Si usted considera que la denuncia le costara el dinero que no tiene; acuda al defensor del pueblo y organizaciones civiles .
Continuidad del tránsito ganadero y de los demás usos compatibles y complementarios. Como pueden ser el senderismo, el ciclismo o la cabalgada.

Las vías pecuarias deberían ser gestionadas por el estado
Las vías pecuarias son responsabilidad del estado
Las vías pecuarias no son responsabilidad de las asociaciones
La mayoría de las asociaciones buscan su propio provecho



Para entender esto último, les quiero poner un ejemplo, y lo quiero hacer en forma de preguntas:
¿son necesarias las asociaciones para mantener los cuarteles del ejército? ¿y, porque habrían de ser necesarias para mantener el rico patrimonio que son las vías pecuarias?

Si nos remontamos setenta años atrás, nos daremos cuenta que el ICONA no necesitaba de la ayuda de ninguna asociación para defender el territorio, y sobre todo para hacer cumplir la ley.
una cosa es predicar y la otra, dice el refrán castellano, es dar trigo.

Las comunidades autónomas tienen todo legislado, sin embargo, no ejecutan nada. Por lo primero que deberían de empezar es por delimitar y reconocer las veredas, es el fundamental paso que se debe dar, si esto no se hace, todo lo demás es trabajo baldío.